El Alcalde que paró al Marqués. 1830.

Cuando alguien pierde algún privilegio le cuesta hacerse a la idea de que ya no dispone de los beneficios o derechos que le reportaba, lo vemos muchas veces con algunos políticos, que aún cuando dejan el cargo les falta tiempo para seguir queriendo sacar rédito del “excargo” que ostentaron.

Algo parecido le pasó al Marqués de Malpica, una vez, que tras las Constitución de 1812 se eliminara el antiguo régimen feudal y más tarde en 1827 se firmara la Concordia entre los pueblos de Valdepusa; San Martín, Navamoral y Santa Ana y el marquesado, seguía pretendiendo tener derecho sobre bienes y vasallos, como lo venían haciendo sus antepasados desde hacía cuatro siglos, sin embargo uno de los primeros que le puso frente a la nueva realidad fue el Alcalde de San Martín de Pusa Alfonso Manzanero.

Oficio enviado por el Marqués.

Se daba la circunstancia que Alfonso Manzanero era hermano de José Manzanero, que durante treinta años fue escribano de San Martín y a quien había elegido para tal menester la madre del Marqués en 1806. Alfonso había nacido en 1796 y se casó en San Martín en dos ocasiones; la primera con Micaela de la Cámara, que falleció pronto dejándole viudo con una niña de corta edad llamada Nicomeda Manzanero de la Cámara, más tarde se volvió a casa con Victoria Gonzalo.

La historia es la siguiente:

Los sillares de las Esliciaeras

El 5 de mayo de 1830 el Marqués de Malpica manda un oficio al Ayuntamiento diciendo que van a ir unas carretas a por las piedras labradas que estaban en el sitio de “Las Esliciaeras” (Navacorchos), el Alcalde les contesta al día siguiente de esta forma:

“… debo decir a V.E. (Vuestra Excelencia) que a su administrador D. Tomás de la Carrera se le contestó verbalmente por este Ayuntamiento, al haber hecho la insinuación sobre el particular que si por gracia lo pedía Su Excelencia, se trataría y tal vez se concedería, pero que de otro modo no, pues el Ayuntamiento estaba dispuesto a sostener los derechos del pueblo, lo mismo que digo a V.E. en nombre del Ayuntamiento hasta que reunido éste trate sobre el particular y conteste a V.E., y en tanto dispondrá V.E. retener las carretas, pues en otro caso me veré en la previsión de hacerlo si se presentasen en esta. Dios que a V.E. muchos años guarde, San Martín de Pusa, 6 de mayo de 1830. Alfredo Manzanero”.

El oficio del Alcalde de San Martín debió sentar a cuerno quemado al Marqués, ¿Quién se creería que era ese Alcalde para darle órdenes a él, en un pueblo de su Estado?, por lo que el día 7 de mayo se presentan en San Martín doce carretas de Cosme de la Escalera vecino de Menasalbas, contratado por el Marqués para “conducir desde las inmediaciones de la villa de San Martín de Pusa a la villa de Malpica, una porción de piedras de sillares, que el Excmo. Marqués de este título tiene labradas”.

La justicia de San Martín se opuso a la retirada de las piedras, según la declaración del carretero por: “… a pretexto que ya su Excma. hace más de treinta años las tiene arrancadas y labradas y que si hubiese suplicado al Ayuntamiento, tal vez se lo permitirían, pero de ningún modo sin ese requisito…”.

La solicitud del Marqués al Consejo de Castilla

El Marqués lo consideró un atropello a sus intereses, por lo que recurrió al Consejo de Castilla, con una solicitud en la que exponía toda una retahíla de derechos sobre los pueblos de su Estado, aunque bien sabía que esos derechos ya no eran tales. “Y aunque no pudiera nunca acabar de persuadirse el Marqués que de un pueblo se su señorío resultara un obstáculo para hacer uso tan legítimo de su propiedad…” y sobre el oficio del Alcalde cuando dice; “me veré en la previsión de hacerlo, si se presentase ésta” (el retener las carretas), el Marqués lo califica de; “No necesita esto comentario, ni parece que puedan llegar a más la inurbanidad ni la osadía”, por lo que solicita al Consejo de Castilla se sirva mandar una Real Provisión a “la Justicia, Ayuntamiento y particulares vecinos de la villa de San Martín de Pusa, uno de los pueblos que componen el Estado de Malpica, bajo la rigurosa multa de cien ducados no impidan al Marqués la extracción y transporte de los mencionados sillares.”

El 15 de mayo en nombre del Marqués de Malpica, el Real Consejo insta al Alcalde a reunir al Ayuntamiento para dar contestación a la solicitud de la Marquesa (posiblemente por ser más apreciada por el pueblo en reiteradas ocasiones se hace mención que es la Marquesa quien hace la solicitud, además de aclarar que con los mismos títulos que su marido), para lo que le dan ocho días. El 25 de mayo, a los diez día, el Alcalde contesta que ha reunido al Ayuntamiento y que la decisión tomada es la siguiente:

“… que de ningún modo puede permitir que se extraigan de las canteras del término y jurisdicción de esta villa las piedras sillares que refiere V.E. sin que haga constar que legítimamente le corresponden, pues arracadas éstas de los ejidos de esta villa (tierras comunales del Ayuntamiento) que está reservado este aprovechamiento a los vecinos y no está en el orden que tengan igual aprovechamiento los que no están en el mismo caso, más sin embargo si V.E. quiere exigir de este Ayuntamiento por favor que se permita la extracción de los sillares, en este caso no solo los sillares, si no cualquier otra preeminencia que esté en el arbitrio de este Ayuntamiento y no sea perjuicio de tercero”.

Documento de Concordia. 1828. Ayto. San Martín de Pusa

Si el primer oficio del Alcalde de San Martín hizo daño al Marqués, éste, en el que se reafirma el Ayuntamiento nuevamente ante el Marqués y el Consejo de Castilla le hizo entrar en cólera, por lo que vuelve a escribir al Consejo de Castilla, primeramente entra sobre la importancia del asunto y sobre la actitud del pueblo de San Martín, sacando a relucir las “concesiones” dadas en la Concordia, concesiones que para nada fueron gratuitas:

“este asunto ni pequeño en su importancia, ni estéril de consecuencias, por el espíritu que anuncia el partido preponderante de aquel pueblo contra su Señor, después de restablecidos los principios que más podían asegurar su respeto, y a pesar de las concesiones que acaba de hacerles en la escritura de Concordia aprobada ya por V.A.”

Por otra parte hace ver al Consejo que los sillares no son extraídos, sino que llevan allí muchos años y la necesidad de las reparaciones no solo para el castillo, si no para el pueblo y vecinos de Malpica;

“El Consejo verá que no se trata de ir a sacar de la cantera unos sillares que muchos años hace se hayan ya labrados y a disposición del Señor… y que desde entonces se destinaron los sillares, parte para la obra que se necesitaban de la presa de los molinos de Corralejo y parte para reparar el murallón del castillo de Malpica, que defiende las aguas del Tajo sus habitaciones y las tierras mismas y casas de este pueblo. Hízose la primera obra transportándose para ello los sillares necesarios y quedaron de la segunda por espacio de treinta y dos años a causa de los acontecimiento que sobrevinieron a la familia y a este Reino».

Por último acusa al Alcalde de; “excitar la discordia, renovando máximas populares de insubordinación y desorden que han desaparecido por fortuna de nuestro suelo.” Y solicita que no le impidan sacar y transportar los referidos sillares, bajo multa que interprete el Consejo, una multa de doscientos ducados al Alcalde por su arbitraria conducta y el pago de los jornales del carretero de Menasalbas que habían sido abonados por el Marqués y que ascendían a seiscientos reales.

La visita del Escribano Real a Malpica.

El Consejo de Castilla actuó con imparcialidad e intentó averiguar si la extracción de los sillares era anterior o posterior a la pérdida de los derechos feudales del Marqués sobre el territorio, por lo que envió a un Escribano Real a sus oficinas de Malpica en búsqueda de información y el contador del Marqués, Don José Luis de Escalás le presentó varios legajos al respecto

1. “Malpica mil setecientos setenta y ocho. Expediente sobre las obras de la presa, desmonte de El Sotillo, arranque y labra para su conducción para las obras del castillo de dicha villa”. Del cual aparece que la Excma. Sra. Duquesa viuda de Medinaceli, Marquesa de Malpica, resolvió en el año de mil sete cientos noventa y ocho que se procediera a las obras que se necesitaban en la presa de los molinos de Corralejo y el murallón del castillo de Malpica, para lo cual era lo primero y principal la extracción y labra de los suficientes sillares de cantería. Que para este objeto se presentó en San Martín de Pusa, villa de éste Estado de Malpica Domingo Lasala aparejador de cantería con nueve oficiales, todos de esta corte y después de reconocidas las canteras de dicho pueblo dieron extraer y labrar el veinte y seis de marzo siguiente, continuando los trabajos hasta el nueve de noviembre, en que por orden de dicha Excma. Sra. se suspendieron, volviendose a Madrid los operarios…sin que llegasen hacer unos de todos los sillares (se refiere en las obras de Malpica), por haberse suspendido las obras con motivo de la muerte de la Señora Duquesa de Medinaceli, ocurrida en el año de mil ochocientos uno.

2. “Estado de Malpica y sus agregados. Año de mil ochocientos dos. Expediente general sobre abono de desperfectos de dichos Estados”. Resulta que el Excmo. Sr. Marqués de Malpica, Duque de Arión, padre del actual poseedor solicitó que se hiciera un reconocimiento de las fincas, incluido el castillo que se verificó por el arquitecto D. Juan Francisco Rodrigo, del que aparece que aun estaba por hacerse la obra del murallón.

Plano del Castillo de Malpica de D. Fermín Caballero 1828, en el plano de planta de aprecia el
murallón aun sin reconstruir por los sillares de San Martín.

3. “Malpica mil ochocientos cinco. Expediente sobre la composición de los molinos titulados de Corralejo y murallón del castillo de Malpica”. Resulta que habiendo pedido un informe al referido arquitecto D. Juan Francisco Rodrigo, dice, entre otras cosas, que en las canteras de la villa de San Martín de Pusa habían quedado una porción de sillares de los que se labraron para la casa en el año de mil setecientos noventa y ocho y que debían servir para la obra del denominado murallón del castillo de Malpica.

Resolución.

Con toda la información el Consejo, en nombre del rey Fernando VII, manda la siguiente resolución al Ayuntamiento de San Martín de Pusa:

“… mandamos no estorbéis ni impidáis, al referido Marqués de Malpica, la traslación y conducción a la villa del propio título de los sillares que se hace referencia en el precedente recurso, lo cual cumpláis bajo multa de mil ducados, que así es nuestra voluntad. Dado en Madrid a 28 de junio de 1830.”

El Marqués se llevó los sillares después de estar treinta y dos años en Navacorchos, pero ahí quedó la integridad del Alcalde Alfonso Manzanero, defendiendo lo común sobre lo particular y representando el sentir mayoritario del pueblo. Hoy en día ya no proliferan marqueses con mando en plaza, pero si algunos propietarios que utilizan las mismas artes que la nobleza del siglo XIX, llamándose suyo lo que es de todos.

FUENTES:

.- AHN, CONSEJOS 3827, Exp. 41.

Foto de portada: Cantera de granito en las Viñas de San Martín.

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